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El Consejo Nacional de Universidades
es la institución nacional que coordina
y asesora el quehacer de las universidades y centros
de Educación Superior en Nicaragua, para
cuyos fines fue creado según la Ley 89
publicada en La Gaceta diario oficial, el día
20 de abril del año 1990.
“...
el Consejo Nacional de Universidades (CNU) es
el órgano de coordinación y asesorías
de las universidades y centros de educación
técnica superior, también incluidos
en esta ley”
Es
un órgano colegiado conformado por los
diez rectores de las universidades miembros, un
Secretario General, un Secretario Técnico
y los representantes de la FEPDES-ATD, FESITUN
y UNEN.
El
Ministro de Educación podrá participar
de este Consejo como invitado, con voz, pero sin
voto. El Presidente será uno de los Rectores,
electo por el Consejo para un período de
dos años.
“Arto.
58. Las atribuciones del Consejo Nacional de Universidades
serán las siguientes:
-
Establecer
su propio reglamento de funcionamiento.
-
Velar
por que las Universidades y centros de Educación
técnica Superior respondan a la formación
de profesionales, cumpliendo con los fines
y objetivos de las instituciones de Educación
Superior nicaragüenses y respetando los
principios de la Nueva Educación, establecidos
en la Constitución Política
de la República.
-
Elaborar
y coordinar la política nacional de
la Educación Superior del país,
en función de los recursos existentes.
-
Dictaminar
sobre la apertura o cierre de carreras.
-
Proponer
la política de distribución
de los fondos asignados a las universidades
e instituciones de Educación Técnica
Superior, atendiendo a la población
estudiantil y los costos de operación.
-
Recomendar
normas generales para la vida académica
de las instituciones de Educación Superior.
-
Autorizar
la creación de nuevas universidades
o centros técnicos superiores. Antes
de otorgar la autorización, el Consejo
deberá: a) Conocer las necesidades
objetivas del país, de nuevas universidades
o centros técnicos superiores; b) Valorar
los recursos materiales y humanos con que
cuenta el país, para ver si es posible
la creación de nuevas universidades
o centros técnicos superiores; c) Conocer
el número de estudiantes que requieren
la apertura de la nueva entidad educativa;
d) Evitar toda duplicidad inútil de
carreras.
Una
vez concedida la autorización por el Consejo
Nacional de Universidades, la Asamblea Nacional
podrá otorgar la personalidad jurídica
correspondiente.
“Arto.
59. Son atribuciones del Presidente del Consejo
Nacional de Universidades las siguientes:
- Convocar,
presidir las sesiones y proponer la agenda a
tratar.
- Cumplir
y hacer cumplir los acuerdos adoptados por el
Consejo.
- Coordinar
a las instituciones de Educación Superior
y velar por que existan canales de comunicación
fluidos entre las instancias homólogas
de los centros.
- Representar
al Consejo Nacional de Universidades ante los
organismos nacionales o extranjeros.
“Arto
60. El Secretario del Consejo Nacional de Universidades
será el Secretario General de la Universidad,
cuyo Rector lo preside y tendrá las funciones
siguientes:
- 1.Convocar,
con instrucción del Presidente, a las
sesiones ordinarios y extraordinarias.
- 2.Asistir
a las reuniones del Consejo, con voz.
- 3.Redactar
las actas de las sesiones, certificar las mismas
y las resoluciones para todos los efectos de
Ley.
- 4.Llevar
el control y registro de las actas y acuerdos
dictados por el Consejo y encargarse, por instrucciones
del Presidente, de cumplir y hacer cumplir las
decisiones del mismo
- 5.Ser
el órgano de comunicación del
Consejo y realizar las actividades que el Presidente
le delegue.
“Arto.
61. Los acuerdos y recomendaciones del Consejo
Nacional de Universidades serán ratificados
por los Consejos Universitarios de las distintas
instituciones para su plena validez.”
La
Secretaría Técnica del Consejo Nacional
de Universidades, CNU, fue creada a finales de
1994. El día 7 de septiembre de 1995, en
la sesión No. 16 del CNU, fue aprobado
el Reglamento de Funcionamiento del CNU, el que
se publicó en La Gaceta No.203 del lunes
30 de octubre de 1995. En dicho reglamento se
señala, en su Arto. 24 la creación
de la Secretaria Técnica como órgano
del CNU y que ella estaría a cargo de un
Secretario Técnico nombrado por el Consejo
por un período de dos años.
COMISIONES
DE TRABAJO
- Económica
-
Académica
-
Jurídica
-
Investigación
-
Posgrado
-
Estadísticas
-
Cultura
-
FDUN
COMISIONES
ESPECIALES
Para
estudiar y dictaminar sobre las propuestas de
Ley General de Educación y Ley General
de Educación Básica y Media. Para
la elaboración del Plan Nacional de la
Educación Superior como parte integrante
del Plan Nacional de Educación. Coordina
comisiones y subcomisiones que dictaminan a las
universidades privadas.
ACTIVIDADES PRINCIPALES
Entre
1997 y 2003, el CNU a través de la Secretaria
Técnica con los directores de Investigación
y Postgrado, ha realizado las siguientes actividades:
Actualización
anual de la caracterización de la Investigación
y el Posgrado en las universidades que conforman
el CNU
Elaboración
y discusión de Propuesta del Sistema Nacional
de Investigación.
Elaboración
y discusión de la Agenda Científica
Nacional.
Realización
de la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Expociencia
y Tecnología de las universidades miembros
del CNU, en las cuales han participado más
de mil setecientos alumnos; más de quinientos
tutores en aproximadamente mil trabajos de investigación.
Realización
de la Primera, Segunda y Tercera Conferencia Científica
Nacional de las universidades miembros del CNU
en las cuales han participado 700 docentes investigadores
y más de quinientos trabajos científicos.
Realización
de tres Encuentros Nacionales de Investigación
y Posgrado con la participación de cerca
de seiscientos docentes de las universidades del
CNU.
Publicación
de trece números de la revista Universidad
y Sociedad, una publicación del Consejo
Nacional de Universidades que se ha consolidado
en su calidad y paginaje.
Construcción
de la primera página Web del CNU, un proyecto
periodístico y académico que competirá
con otros medios de comunicación en la
red.
Patrocinio
económico del programa radial “Por
los caminos de la Universidad” lo cual significa
estar informando acerca de las actividades del
CNU todos los sábados y, una vez al mes,
la comparecencia de un funcionario del Consejo
para hablar sobre los temas de la agenda propia.
PRINCIPALES
PROYECTOS
-
Proyecto
PNUD: apoyo al proceso de reformas y modernización
universitaria.
-
Proyecto
SAREC: Investigación y Posgrado y el
sistema de información estadístico,
1998--2003.
-
Elaboración y ejecución conjunta
con el FENUAP de las Naciones Unidas de la
primera etapa del proyecto de lucha contra
el SIDA.
-
Cartera
de proyectos presentados en Estocolmo.
-
Proyecto FAD: equipamiento tecnológico
y capacitación.
-
Proyecto BID: evaluación y acreditación,
gestión y articulación de la
Educación Superior.
-
Proyectos
de Inversión Pública 2001 y
2002
DESAFÍOS
Plan Nacional de Educación Superior, ahora
asumido y respaldado por el Consejo Nacional de
Rectores, Fonare.
Autoevaluación
y Acreditación de la Educación Superior,
a niveles muy avanzados, al año 2003.
Investigación
y Posgrado, camino a la aprobación y acreditación
futura
Cooperación
externa, camino a la diversificación y
profundización
Segunda
fase del Proyecto de Equipamiento Tecnológico
con los fondos FAD por un monto de 20 millones
de dólares, cuyo aval técnico ha
sido otorgado por la Secretaría Técnica
de la Presidencia de la República. Con
esto, las universidades del CNU alcanzarán
un nivel estimable en la región centroamericana,
solamente después de Costa Rica y Panamá.
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